sábado, 25 de noviembre de 2017

¿ La JINETEADA en la FIESTA NACIONAL del CORDERO VIOLÓ la ORDENANZA MUNICIPAL N° 1759/96 ?

Artículo 1.- Queda prohibido en el ámbito del ejido de la ciudad de Puerto Madryn, el tránsito y/o establecimiento, con carácter temporario o permanente, de espectáculos circenses, sitios de entretenimiento, oceanarios y centros de recuperación que ofrezcan con fines comerciales, benéficos y/o didácticos, ya sea como atractivo principal o secundario, la exposición y/o la realización de números artísticos o de destreza que involucren animales silvestres en cautiverio.

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